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Seguro público y obligatorio

Todos los empleadores están obligados a asegurar a sus empleados. A los efectos del seguro obligatorio se consideran empresarios, personas físicas o jurídicas, entidades privadas y públicas, incluyendo a los gobiernos estatales y locales que emplean a trabajadores propios o subcontratados en las actividades que la ley define peligrosas. Los artesanos, pescadores autónomos y asociados en empresas y cooperativas, los trabajadores propios de la agricultura también están obligados a asegurarse a sí mismos.