Todos los empleadores están obligados a asegurar a sus empleados. A los efectos del seguro obligatorio se consideran empresarios, personas físicas o jurídicas, entidades privadas y públicas, incluyendo a los gobiernos estatales y locales que emplean a trabajadores propios o subcontratados en las actividades que la ley define peligrosas. Los artesanos, pescadores autónomos y asociados en empresas y cooperativas, los trabajadores propios de la agricultura también están obligados a asegurarse a sí mismos.
Ti trovi in:
Seguro público y obligatorio
Condivisione social
Pubblicazione
16/03/2016, 09:39
Ultimo aggiornamento
16/03/2016, 09:39
Condividi